I. Promover la participación responsable de la sociedad civil a través de representantes quienes se constituirán en coadyuvantes del Poder Judicial del Estado.
II. Fungir como órgano de consulta y apoyo del Poder Judicial del Estado para coadyuvar, en el ámbito de su competencia, en el seguimiento y vigilancia del quehacer de los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, a fin de identificar las problemáticas en el funcionamiento de los mismos.
III. Formular recomendaciones o propuestas no vinculantes para la mejor operación de los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales del Poder Judicial.
IV. Establecer un sistema de seguimiento que permita conocer la percepción de la ciudadanía respecto del funcionamiento del Poder Judicial.
V. Formular por conducto del Consejo Técnico, en el ámbito de su competencia, recomendaciones no vinculantes a los titulares de los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales del Poder Judicial.
VI. Impulsar y difundir los programas y recomendaciones que emita.
VII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.