Porque toda persona tiene derecho a: Disfrutar de condiciones de vida saludables, productivas y adecuadas en armonía con la naturaleza; vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que garantice la sostenibilidad ambiental y la vida digna de las personas. Por lo anterior, con la instalación de un Juzgado con especialización Ambiental y competencia estatal, el Poder Judicial de Coahuila interviene en la solución de los conflictos ambientales y posibilita el acceso efectivo de la justicia en la tutela del medio ambiente.
Con el objeto de proteger, preservar y restaurar el ambiente y el equilibrio ecológico, para garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de toda persona, y a la responsabilidad fundamental generada por el daño y el deterioro ambiental.
Fincar la responsabilidad ambiental que nace de los daños ocasionados al ambiente, así como la prevención, reparación y compensación de los mismos, mediante procesos jurisdiccionales locales y mecanismos alternativos de solución de controversias.
Órgano jurisdiccional de primera instancia con competencia mixta de acuerdo al artículo 33 del Código Procesal Civil, fracción II y con competencia en todo el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Apoyado de Poder en Línea, por medio del buzón electrónico de demandas y promociones, el expediente virtual 2.0 y el sistema de citas, se pueden presentar demandas y promociones, consultar los expedientes y celebrar audiencias en línea.
Contra toda persona física o jurídica que con su acción u omisión ocasione directa o indirectamente un daño al ambiente en el ámbito de competencia estatal, la cual será responsable y estará obligada a la reparación de los daños y, cuando la reparación no sea posible, a la compensación ambiental.
Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Principio 13
Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales. Los Estados deberán cooperar asimismo de manera expedita y más decidida en la elaboración de nuevas leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnización por los efectos adversos de los daños ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su jurisdicción, o bajo su control, en zonas situadas fuera de su jurisdicción.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 4
“… Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley… “
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila
Leyes ambientales:
Federales
- Ley Federal de Responsabiidad Ambiental
- Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
- Ley General de Vida Silvestre
- Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
- Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
- Ley de Navegación y Comercio Marítimos
- Ley de Aguas Nacionales
- Ley de Cambio Climático
- Ley General de Bienes Nacionales
Estatales
- Carta de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales de Coahuila de Zaragoza
- Ley de Responsabiidad Ambiental del Estado de Coahuila de Zaragoza
- Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza
- Ley que crea la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Coahuila
Ubicación
Dirección: Bulevar Isidro López Zertuche # 2791, segundo piso. Colonia Los Maestros. C.P. 25260 en Saltillo, Coahuila de Zaragoza.