Funciones y Atribuciones (según la Ley Orgánica del PJECZ)
De conformidad con el artículo 24 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado a la Sala Regional con jurisdicción en los distritos judiciales de Torreón y San Pedro de las Colonias tendrá competencia en materia civil, mercantil, familiar, penal y de narcomenudeo y conocerá de:
I.- Los recursos de apelación contra sentencias definitivas pronunciadas por los Jueces de Primera Instancia con residencia en los distritos de su jurisdicción;
II.- Los recursos de apelación contra resoluciones que se dicten en los asuntos a que se refiere la fracción anterior, que de ser revocadas deban tener como consecuencia que el Tribunal ad quem decida sobre el fondo del negocio;
III.- Las revisiones forzosas en materia familiar;
IV.- Los procedimientos para fijar jurisprudencia por reiteración o por declaración en los términos que establezca esta ley;
V.- De los recursos de apelación contra sentencias definitivas pronunciadas por los Tribunales Distritales con residencia en los distritos de su jurisdicción, cuando funcionen como órganos auxiliares de primera instancia en materia de narcomenudeo;
VI.- De los recursos de apelación y de queja en contra de autos y sentencias interlocutorias en materia de narcomenudeo cuando los Tribunales Distritales con residencia en los distritos de su jurisdicción competentes para conocer, estuvieran impedidos; y
VII.- De los demás asuntos que le encomiende la ley.