Acuerdo del Consejero Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza

En este acuerdo el Consejero Presidente aprueba la adecuación del esquema organización de transición de los juzgados familiares tradicionales al modelo de justicia familiar oral, en el distrito judicial de Torreón. La adecuación consiste en que todos los juzgados familiares de este distrito judicial reciban asuntos a partir del 15 de febrero del presente año.

Key: AC20230215A

Resumen. En este acuerdo el Consejero Presidente aprueba la adecuación del esquema organización de transición de los juzgados familiares tradicionales al modelo de justicia familiar oral, en el distrito judicial de Torreón. La adecuación consiste en que todos los juzgados familiares de este distrito judicial reciban asuntos a partir del 15 de febrero del presente año.

Saltillo, Coahuila de Zaragoza. Acuerdo del 14 de febrero de 2023.

I. CONSIDERACIONES

1. Facultades del Consejero Presidente del Consejo de la Judicatura para emitir el presente acuerdo

El Consejo de la Judicatura es el órgano del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza que tiene como funciones la administración, vigilancia y disciplina de los órganos jurisdiccionales, según lo establece el artículo 143 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza.

De acuerdo con el artículo 57, fracciones III y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza, el Consejo tiene las facultades de establecer los criterios generales que sean necesarios para la adecuada distribución de los asuntos en los lugares donde existan varios juzgados de primera instancia, supervisar el funcionamiento de los órganos que integran el Poder Judicial del Estado, y dictar las providencias necesarias para el mejoramiento de la administración de justicia.

En uso de sus facultades legales, el Consejo de la Judicatura emitió el acuerdo C-159/2022 en la sesión celebrada el 29 de noviembre de 2022. En tal acuerdo aprobó la incorporación de los juzgados familiares tradicionales de los distritos judiciales de Saltillo, Torreón y Monclova, al modelo de justicia oral familiar. En el punto cuarto decisorio de este acuerdo, el Consejo se reservó la atribución de dilucidar las cuestiones que surgieran con la aplicación del presente acuerdo.

Ahora bien, en el artículo 9, fracción VIII, del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado, se establece la facultad del Consejero Presidente de resolver los asuntos cuya atención no admita demora, dando cuenta al Consejo en la siguiente sesión.

En esta oportunidad, el Consejero Presidente considera necesario aprobar la adecuación del esquema organización de transición de los juzgados familiares tradicionales al modelo de justicia familiar oral, en el distrito judicial de Torreón, para ajustar el equilibrio de la carga de trabajo en los juzgados de primera instancia en materia familiar del distrito judicial de Torreón en el contexto del modelo de justicia oral familiar, lo cual no admite demora y es necesario para el mejoramiento continuo de la administración de justicia.

Por lo tanto, el Consejero Presidente cuenta con las facultades necesarias para emitir el presente acuerdo.

2. Justificación para la adecuación del esquema organización de transición de los juzgados familiares tradicionales al modelo de justicia familiar oral, en el distrito judicial de Torreón

El Consejero Presidente recuerda que el derecho de acceso a la justicia tiene reconocimiento constitucional en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos. Conforme a este precepto, toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.

Para garantizar el acceso a la justicia con calidad y eficiencia, de acuerdo con este precepto constitucional, las autoridades de administración de justicia deben tomar de forma continua las medidas pertinentes para mejorar permanentemente el servicio que en esta disciplina se presta a la ciudadanía.

En ese sentido, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado emitió el acuerdo C-159/2022 en la sesión del 29 de noviembre de 2022. En este acuerdo aprobó la incorporación de los juzgados familiares tradicionales de los distritos judiciales de Saltillo, Torreón y Monclova, al modelo de justicia familiar oral.

Para ello, en este acuerdo el Pleno también aprobó el esquema organización de transición de los juzgados familiares tradicionales al modelo de justicia familiar oral. De acuerdo con este esquema, respecto al distrito judicial de Torreón, el Pleno dispuso que los juzgados primero, tercero, cuarto y quinto familiar dejarían de recibir asuntos, mientras que el juzgado segundo los recibiría hasta en tanto se equilibrara la carga de trabajo en todos los juzgados. Este esquema entró en vigor a partir del primero de diciembre del presente año.

El Consejero Presidente, como hecho notorio, tiene conocimiento que actualmente el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Torreón ha incrementado considerablemente la carga de trabajo, y ha recibido más de 1200 asuntos.

Por ello, es necesario adecuar el esquema referido para efecto de que a partir del día 15 de febrero del presente año todos los juzgados de primera instancia en materia familiar del distrito judicial de Torreón reciban los asuntos familiares de su competencia, a fin de equilibrar la carga de trabajo entre estos juzgados, de forma que los nuevos asuntos se distribuirán conforme al turno que corresponda.

Para realizar esta nueva distribución, la Oficialía de Partes del distrito judicial de Torreón y los juzgados familiares realizarán las gestiones necesarias dentro de su ámbito competencial.

Lo anterior se decide sin perjuicio de que el Mecanismo de seguimiento del modelo de justicia oral familiar lleve a cabo las evaluaciones que correspondan conforme al acuerdo C-159/2022 y se sometan a consideración de este Consejo para continuar realizando las adecuaciones pertinentes al esquema referido.

En lo que no se oponga a este acuerdo, se seguirá observando lo dispuesto en el acuerdo C-159/2022 mencionado.

De esta forma, el Consejero Presidente lleva a cabo las medidas conducentes para garantizar el acceso a la justicia con calidad y eficiencia, a través de una revisión continua de los mecanismos de distribución de los asuntos jurisdiccionales entre los juzgados de primera instancia.

II. DECISIONES

Por lo anteriormente expuesto, el suscrito Consejero Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza decide lo siguiente:

Primero. Se aprueba la adecuación al esquema organizacional para la transición de los juzgados familiares tradicionales al modelo de justicia familiar oral, respecto al distrito judicial de Torreón, en los términos precisados en la parte considerativa del presente acuerdo.

Esta adecuación consiste en que a partir del día 15 de febrero del presente año todos los juzgados de primera instancia en materia familiar del distrito judicial de Torreón recibirán los asuntos familiares de su competencia, a fin de equilibrar la carga de trabajo entre estos juzgados, de forma que los nuevos asuntos se distribuirán conforme al turno que corresponda.

Segundo. Para realizar esta nueva distribución, la Oficialía de Partes del distrito judicial de Torreón y los juzgados familiares realizarán las gestiones necesarias dentro de su ámbito competencial.

Tercero. Lo anterior sin perjuicio de que el Mecanismo de seguimiento del modelo de justicia oral familiar lleve a cabo las evaluaciones que correspondan conforme al acuerdo C-159/2022 y se sometan a consideración de este Consejo para continuar realizando las adecuaciones pertinentes al esquema referido.

Cuarto. En lo que no se oponga a este acuerdo, se seguirá observando lo dispuesto en el acuerdo C-159/2022 aprobado por el Pleno del Consejo en la sesión del 29 de noviembre de 2022.

Quinto. Lo no previsto en el presente acuerdo, y las cuestiones que surjan con su aplicación, serán dilucidados por el Consejo de la Judicatura a través del Pleno o de su Presidente según corresponda.

Sexto. Se instruye cumplir el presente acuerdo a los juzgados de primera instancia en materia familiar del distrito judicial de Torreón y a la Oficialía de Partes del distrito judicial de Torreón.

Séptimo. Se instruye a la Secretaría de Acuerdo y Trámite del Consejo de la Judicatura del Estado para que comunique el presente acuerdo a los juzgados de primera instancia en materia familiar del distrito judicial de Torreón, a la Oficialía de Partes del distrito judicial de Torreón, a la Visitaduría Judicial General, a la Oficialía Mayor y a la Secretaría Técnica y de Transparencia.

Asimismo, se instruye a la Secretaría que comunique el presente acuerdo a la Sala Regional del Tribunal Superior de Justicia del Estado y a la Unidad Administrativa de los distritos judiciales de Torreón y de San Pedro de las Colonias, para su conocimiento y los efectos legales a que haya lugar en el ámbito de su competencia.

Octavo. El Consejero Presidente dará cuenta al Pleno con el presente acuerdo en su siguiente sesión.

Noveno. Se instruye a la Secretaría de Acuerdo y Trámite que liste y cumpla el presente acuerdo.

Décimo. El Consejero Miguel Felipe Mery Ayup, Presidente del Consejo de la Judicatura del Estado de Coahuila de Zaragoza, emite el presente acuerdo actuando ante Angel Gabriel Hernández Guzmán, Secretario de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.

De conformidad con lo previsto en el artículo 28 fracciones V y XIII del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado, el maestro Ángel Gabriel Hernández Guzmán, secretario de acuerdo y trámite del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, hace constar y C E R T I F I C A: que la copia que antecede concuerda fiel y exactamente con su original, mismo que corresponde al acuerdo de fecha 14 de febrero del año 2023, emitido por el Magistrado Miguel Felipe Mery Ayup, Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza. Saltillo, Coahuila a 14 de febrero de 2023. Va en dos (02) hojas útiles. DOY FE.

EL SECRETARIO DE ACUERDO Y TRÁMITE

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